Protección de los denunciantes y fomento de la transparencia en la Unión Europea
Unión Europea (UE) es una organización política y
económica compuesta por 27 países miembros que tienen como objetivo principal promover la cooperación entre ellos para lograr objetivos comunes. Entre estos objetivos se encuentran la protección de los derechos humanos, la libre circulación de personas, bienes y servicios, y el fortalecimiento de la economía europea.
Una de las formas en que la UE logra estos objetivos es a través de la emisión de directivas. Las directivas son actos legislativos vinculantes que establecen objetivos que los países miembros deben lograr, pero dejan la elección de la forma y los medios para lograr esos objetivos a los estados miembros.
La Directiva (UE) 2019/1937 establece un marco común para la protección de los denunciantes que informan sobre infracciones del derecho de la UE. El objetivo principal de la Directiva es establecer medidas para proteger a los denunciantes de represalias por informar sobre actividades ilegales o irregularidades en su lugar de trabajo.
Artículo 8:
“Los Estados miembros velarán por que las entidades jurídicas de los sectores privado y público establezcan canales y procedimientos de denuncia interna y de seguimiento, previa consulta a los interlocutores sociales y de acuerdo con ellos cuando así lo establezca el Derecho nacional.”
La Directiva establece una serie de obligaciones para las empresas y organizaciones, incluyendo la implementación de canales seguros para la presentación de denuncias y la designación de una persona o departamento responsable de la recepción y gestión de las denuncias. También se establecen medidas para proteger la identidad de los denunciantes y para garantizar que no sufran represalias o discriminación como consecuencia de su denuncia.
Además, la Directiva establece la obligación de los Estados miembros de garantizar la protección de los denunciantes mediante la adopción de medidas efectivas, incluyendo la posibilidad de recurrir a los tribunales en caso de represalias o discriminación. Los Estados miembros también deben proporcionar información y asistencia a los denunciantes sobre sus derechos y protecciones legales.
La Directiva se aplica a una amplia gama de sectores, incluyendo el sector privado y público, y abarca diversas áreas, como la corrupción, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal, la protección del medio ambiente y la salud y seguridad en el trabajo.
Para supervisar la implementación de las directivas y otros actos legislativos de la UE, existe la Comisión Europea. La Comisión Europea es responsable de supervisar que los países miembros cumplan con sus obligaciones de transposición y aplican correctamente las Directivas de la UE. Si un país miembro no transpone o no aplica correctamente una Directiva, la Comisión puede iniciar un procedimiento de infracción contra el país miembro y llevarlo ante el Tribunal de Justicia de la UE.
El Grupo Anticorrupción contra la Corrupción de Europa (GRECO)
El Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) fue establecido en 1999 por el Consejo de Europa para supervisar el cumplimiento de los estándares anticorrupción de la organización por parte de los Estados.
El objetivo de GRECO es mejorar la capacidad de sus miembros para combatir la corrupción mediante la monitorización de su cumplimiento de los estándares anticorrupción del Consejo de Europa a través de un proceso dinámico de evaluación mutua y presión entre pares. Ayuda a identificar deficiencias en las políticas nacionales anticorrupción, promoviendo las reformas legislativas, institucionales y prácticas necesarias. GRECO también proporciona una plataforma para compartir las mejores prácticas en la prevención y detección de la corrupción.
La membresía en GRECO, que es un acuerdo ampliado, no se limita a los Estados miembros del Consejo de Europa. Cualquier Estado que haya participado en la elaboración del acuerdo parcial ampliado, puede unirse notificando al Secretario General del Consejo de Europa. Además, cualquier Estado que se convierta en Parte de las Convenciones de Derecho Penal o Civil sobre Corrupción accede automáticamente a GRECO y a sus procedimientos de evaluación. GRECO está abierto a los Estados miembros y no miembros del Consejo de Europa.
El funcionamiento de GRECO está regido por su Estatuto y Reglas de Procedimiento. Cada Estado miembro nombra hasta dos representantes que participan en las reuniones plenarias de GRECO con derecho a voto; cada miembro también proporciona a GRECO una lista de expertos disponibles para participar en las evaluaciones de GRECO. Otros órganos del Consejo de Europa también pueden nombrar representantes (por ejemplo, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa). GRECO ha otorgado el estatus de observador a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y a las Naciones Unidas, representadas por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD). GRECO elige a su Presidente, Vicepresidente y miembros de su Buró, quienes desempeñan un papel importante en el diseño del programa de trabajo de GRECO y en la supervisión de los procedimientos de evaluación.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) es una organización internacional compuesta por 38 países miembros que trabajan juntos para promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas en todo el mundo.
La OCDE se fundó en 1961 con el objetivo de coordinar políticas económicas entre los países miembros y promover el comercio internacional. Desde entonces, ha ampliado su alcance para abordar una amplia gama de cuestiones, como la educación, la ciencia y la tecnología, el medio ambiente, la energía y la lucha contra la corrupción.
La organización tiene su sede en París, Francia, y cuenta con un secretariado permanente que lleva a cabo investigaciones, elabora informes y proporciona asesoramiento técnico a los países miembros. Los informes de la OCDE y sus recomendaciones tienen una gran influencia en las políticas públicas y económicas de los países miembros y no miembros.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
Para prevenir y combatir la corrupción de manera efectiva se requiere un enfoque integral y multidisciplinario. Con este reconocimiento, los Estados miembros negociaron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), la cual incluye cinco áreas clave: prevención, criminalización y aplicación de la ley, cooperación internacional, recuperación de activos, asistencia técnica e intercambio de información.
La CNUCC es el único instrumento universal y legalmente vinculante contra la corrupción, lo que la convierte en un marco potente para la prevención y lucha contra la corrupción. Además, es el centro de iniciativas nacionales e internacionales para combatir la corrupción y promueve la implementación y aplicación de normas comunes y mejores prácticas.